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La Policía Municipal advierte de que las denuncias efectuadas por vigilantes de la zona azul deben pagarse.

21-10-2015 | Tráfico

Vigilantes zona azul

Esta aclaracion viene motivada por la falsa creencia de algunos conductores que creen que las denuncias formuladas por los vigilantes de la zona azul no tienen la misma validez que si fueran impuestas por agentes de la Policía Municipal.

Hay que partir del hecho de que un vigilante no goza de la presunción de veracidad propia de los agentes de la autoridad establecida por el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

Por otro lado, y tal y como se recoge en el art.3 del Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero, cualquier persona (vigilante de la zona azul o no) puede denunciar la infracción de normas de tráfico o de seguridad vial: ”Asimismo se podrá incoar un procedimiento por la autoridad competente como consecuencia de denuncia formulada por cualquier persona que tenga conocimiento de los hechos mencionados.“

Visto esto resulta obvio que, más allá de la mera denuncia, de la sólo acusación del vigilante de la zona azul, debe exigirse alguna prueba que acredite que el procedimiento sancionador se inicia con una base sólida y suficiente. " Para ello las denuncias que estos vigilantes realizan se refuerzan con la realización de varias fotografías en el momento de sancionar a los conductores y que testimonian el lugar donde se ha cometido la infracción (calle y nº) e imágenes que demuestran que está estacionado en una calle regulada por zona azul o verde". Igualmente se aportan fotografías en donde se aprecia la carencia de ticket o credencial de zona azul, constando el día y hora de su realización.

“Tal y como se recoge en la Ley de Seguridad Vial, con todos esos elementos probatorios, la denuncia efectuada – añaden desde Policía Municipal- tiene la misma validez que una denuncia realizada por un agente de la autoridad. Además, así se viene demostrado en distintas resoluciones del Tribunal Administrativo de Navarra y en sentencias del Tribunal Supremo (sentencias del Tribunal Supremo de 4 de octubre de 1996, 22 de septiembre de 1999 y 28 de noviembre de 2001, entre otras muchas)".

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