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ALTA PADRÓN por primera vez, cita previa necesaria entre las 10:00 y las 14:30}

26-06-2026 | Avisos

ALTA PADRÓN por primera vez.

Entre las 8:00 y las 10:00 se atenderá sin necesidad de cita previa, según el orden de llegada

Cita previa necesaria entre las 10:00 y las 14:30 puede obtenerla pinchando aquí.

 

 

La cita previa es gratuita y se puede obtener en la dirección https://tudela.atencionciudadana.es/ registrándose y entrando luego enInformación General / Cita Previa” eligiendo en el Ayuntamiento o en el Barrio de Lourdes

 

Información general, puede variar según la complejidad, la identificación de todas las personas siempre necesaria:

- DNI, NIE o PASAPORTE en vigor, si está caducado, acompañar de cita para renovación. Si se ha perdido o robado y solo tiene fotocopia, acompañar de denuncia ante policía y cita para renovación.

- MENORES DE EDAD: Libro de familia ó certificado de nacimiento. Si es con uno solo de los progenitores, autorización del otro progenitor y su documento de identidad, sin esta autorización, declaración responsable indicando las razones.

- RECIÉN NACIDOS: automáticamente desde el Registro Civil. Se pueden adelantar el alta en padrón aportando la documentación correspondiente (Libro de Familia o certificado de nacimiento).

 

DOCUMENTACIÓN DE LA VIVIENDA:

- En propiedad desde hace más de un año ninguno, sino escrituras ó contrato de compra-venta, no sirve contrato de arras ni contrato con la constructora antes de la construcción. También nota simple registro propiedad, testamento aceptación de herencia. Recibo de luz, gas o agua a su nombre.

- No en propiedad, contrato de alquiler de duración mayor que 6 meses y último justificante de pago alquiler bancario o recibo de luz, gas o agua como titular o autorización de la persona dueña de la vivienda (si no hay alquiler) junto con su identificación. También autorización del titular del alquiler si está empadronado en ese domicilio, con copia del contrato y último justificante bancario de alquiler y documentos de identidad. Viviendas colectivas autorización del responsable de la vivienda, con sello del organismo o empresa que la regenta. Infraviviendas (chabolas, caravanas, en la calle...) informe de servicios sociales.

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