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Convenio con el Centro Integrado Politécnico de Tafalla

14-01-2013 | Educación

0.3 años

Se trata de un convenio de colaboración con el centro educativo Centro Integrado Politécnico de Tafalla para la formación práctica del alumnado matriculado en el programa formativo correspondiente al módulo de formación profesional Formación en Centros de Trabajo, con el fin de que puedan realizar sus prácticas en los centros municipales de educación infantil de 0 a 3 años.

El objeto de dicho convenio es posibilitar que el alumnado de Formación Profesional Reglada, y/o de las enseñanzas de Artes Plásticas y Diseño del centro arriba indicado realice prácticas formativas en las instalaciones y dependencias de las escuelas infantiles de este Ayuntamiento y conseguir, de esta manera, una mejor cualificación de los alumnos a través del conocimiento directo de un puesto real de trabajo y la experiencia que éste les aporte.

Así mismo, este convenio permitirá, en determinados casos, la realización de actividades formativas englobadas en otros módulos o relacionadas con proyectos de innovación que, por sus características, no pueden desarrollarse en el centro educativo.

La duración de este convenio específico de colaboración es de dos años a partir de la fecha de su firma, considerándose prorrogado, de no mediar renuncia expresa de cualquiera de las partes de forma anual, con un máximo de 4 prórrogas. El convenio afectará a todos los alumnos del centro educativo matriculados en Formación Profesional Reglada, y/o en las enseñanzas de Artes Plásticas y Diseño.

El centro, deberá presentar a la empresa la relación nominal de los alumnos que han de participar en estas actividades formativas para que dé su conformidad. Ambas partes concertarán el programa formativo a desarrollar por los alumnos en la empresa, durante los períodos de tiempo que se especifiquen en cada caso. La empresa nombrará un responsable en la misma para la coordinación, seguimiento, y orientación de las actividades formativas que los alumnos han de realizar en el centro de trabajo, en coordinación con el tutor que designe el centro educativo.

El alumno no tendrá, en ningún caso, vinculación o relación laboral con la entidad colaboradora, por lo que los alumnos acogidos al presente convenio quedan absolutamente excluidos de la legislación laboral. No se podrá formalizar contratos de trabajo entre los alumnos y la empresa mientras no se revoque expresamente, el presente convenio para los alumnos afectados, y así se haya comunicado por escrito al centro docente. Los alumnos no percibirán cantidad alguna por la realización de las actividades formativas en la empresa, ni por los resultados que pudieran derivarse de éstas.

Con arreglo a lo establecido en este convenio la Junta de Gobierno aprueba la realización de prácticas, por parte de Dª. Ana Laura Álvarez Moraglio en la Escuela Infantil Lourdes y designar a la Directora de dicha escuela como supervisora de las prácticas por parte de este Ayuntamiento.

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