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12-04-2016 | Urbanismo, viviendas y obras
Modificación del art. 29.3 y 35 del Plan Especial de Protección y Reforma del Interior del Casco Antiguo de Tudela.
La Junta de Gobierno Local del M.I. Ayuntamiento de Tudela en sesión celebrada el día 1 de abril de 2016, acordó aprobar inicialmente la modificación del art. 29.3 y 35 del Plan Especial de Protección y Reforma del Interior del Casco Antiguo de Tudela, que queda redactada de la siguiente manera:
Art. 29.3 RENOVACIÓN (R):
Régimen asignado a las edificaciones que contravienen los valores tipológicos o ambientales del Casco Histórico, no se ajustan a las previsiones de la ordenación, o presentan un deterioro que aconseja su demolición y posterior sustitución por otras de nueva planta.
Se podrán autorizar actuaciones de conservación y obras parciales de consolidación si no afectan a elementos disconformes o si dichas obras se acompañan de actuaciones de acomodación a las previsiones del Plan.
Los edificios acogidos al Régimen de Renovación quedan sometidos a las siguientes condiciones:
- En caso de realizarse obras de sustitución de la estructura o de obras integrales del edificio deben cumplirse las exigencias establecidas desde las Normas Urbanísticas y, en su caso, desde la Normativa Particular.
- No pueden realizarse obras de aumento de volumen sin cumplir con las exigencias que en su caso se definan desde la Normativa Particular.
Art. 35.- Edificaciones y construcciones declarados inadecuados o impropios.
2. Podrán realizarse en ellos obras de conservación y rehabilitación en orden a garantizar su mantenimiento, permanencia, modernización o adecuación funcional, sin que resulte necesaria su adecuación al Plan, salvo en los supuestos enunciados en el epígrafe siguiente.
3. Será requerida la adecuación urbanística del edificio o elemento afectado en los supuestos siguientes:
a) Obras de ampliación que fueran posibles de acuerdo con las determinaciones del Plan.
b) Implantación de nuevas actividades o usos permitidos por el Plan.
c) División de viviendas, en las condiciones establecidas al efecto en el artículo 90.
El texto modificado del PEPRI se somete a información pública durante el plazo de UN MES, con publicación de Edicto en el Boletín Oficial de Navarra, en diario editados en Navarra y en el Tablón de Anuncios de la Casa Consistorial, hallándose el expediente en el Centro de Gestión de Urbanismo, a disposición de quien quiera examinarlo y presentar las alegaciones que se estimen oportunas, por escrito, a través del Registro General Municipal.
Lo que se hace público para general conocimiento
Tudela, 4 abril de 2016
EL CONCEJAL DELEGADO DE URBANISMO
Daniel López Córdoba
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