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Consulta previa modificación ordenanza alimentación básica

21-03-2018 | Servicios sociales

CONSULTA PREVIA SOBRE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN DE ALIMENTACIÓN BASICA.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley 39/2015 de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se abre un período de veinte (20) días hábiles, a partir de la publicación de este anuncio, de CONSULTA PÚBLICA PREVIA a la modificación de la Ordenanza Municipal Reguladora de la Prestación de Alimentación Básica, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas, potencialmente afectados por la modificación de la Ordenanza acerca de los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa, la necesidad y oportunidad de su aprobación, los objetivos y las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

a) Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

Paralelamente a la presente aprobación, se va tramitar la modificación de las Bases Reguladoras de las Ayudas de Emergencia Social. Inicialmente la presente Ordenanza regulaba la Ayudas de alimentación básica, que se concedida mediante una ayuda económica para el mantenimiento alimenticio en el propio domicilio, si bien se ha considerado que dicha ayudase incluya dentro de las Ayudas de Emergencia Social, regulándose únicamente en esta Ordenanza la prestación de Alimentación que se haga en comedor.

b) Necesidad y oportunidad de su aprobación.

Esta modificación pretende ajustar, concretar y fijar el marco normativo de los que por un lado son las ayudas de comedor que vienen reguladas en esta ordenanza y por otro lado la ayuda de alimentación considerada como una ayuda de emergencia.

c) Los objetivos de la norma.

Con la presente modificación lo que se pretende es que la Ordenanza de prestación de alimentación básica solo regule la prestación de alimentación presencial en el establecimiento o establecimientos que a tal efecto se dispongan por el Ayuntamiento de Tudela, dejando la ayuda de comida en el domicilio para las ayudas de emergencia.

d) Las posibles soluciones alternativa regulatorias y no regulatorias.

Resulta necesaria la tramitación de la presente modificación de la Ordenanza de cara a estructurar de una forma más adecuada las ayudas que actualmente se están concediendo.

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